La Ley de Segunda Oportunidad es un mecanismo legal en España diseñado para que particulares y autónomos en situación de quiebra puedan cancelar sus deudas y empezar de cero. 
 
Requisitos principales
Para beneficiarte de esta ley, debes cumplir ciertas condiciones:
  • Ser "deudor de buena fe": No haber sido condenado por delitos socioeconómicos en los últimos 10 años y no haber ocultado bienes.
  • Insolvencia demostrable: No poder hacer frente a tus pagos actuales o inminentes.
  • Límite de deuda: El total del pasivo no puede superar los 5 millones de euros.
  • Múltiples acreedores: Debes deber dinero a, al menos, dos entidades o personas distintas. 
 
¿Qué deudas se pueden cancelar?
  • Deudas privadas: Préstamos bancarios, tarjetas de crédito, microcréditos y facturas con proveedores.
  • Deudas públicas (Hacienda y Seguridad Social): Se pueden exonerar hasta un máximo de 10.000 € por cada organismo (20.000 € en total). El resto debe pagarse mediante un plan de pagos.
  • Vivienda habitual: Es posible conservarla si se cumplen ciertos requisitos de viabilidad y pago de la hipoteca. 
 
Beneficios inmediatos
  • Suspensión de embargos: Una vez iniciado el proceso, se detienen las ejecuciones judiciales y el embargo de nóminas.
  • Fin del acoso: Los acreedores deben dejar de reclamar deudas por vía telefónica o extrajudicial.
  • Salida de ficheros de morosidad: Una vez obtenida la exoneración, se borran tus datos de listas como ASNEF o RAI. 
 
¿Cómo solicitarla?
  1. Asesoramiento: Es obligatorio contar con un abogado y procurador para tramitar el concurso de acreedores ante el juzgado mercantil.
  2. Solicitud: Se presenta la demanda de concurso de acreedores solicitando la Exoneración del Pasivo Insatisfecho (EPI).
  3. Resolución: El juez dictará sentencia cancelando las deudas o aprobando un plan de pagos de hasta 5 años si decides conservar tu vivienda. 
Puedes consultar el texto íntegro en el BOE: Ley de Segunda Oportunidad

 

 

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